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Congreso de SLP eleva penas por abigeato e incluye criaderos avícolas en el Código Penal

La reforma aumenta de dos a cuatro años la pena mínima de prisión y duplica la sanción económica mínima, además de establecer inhabilitación para servidores públicos involucrados.

El Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal de San Luis Potosí para ampliar el concepto de ganado e incluir a los criaderos avícolas, sin importar su explotación o finalidad zootécnica, dentro de la protección prevista para los casos de abigeato.

La reforma eleva de dos a cuatro años la pena mínima de prisión por este delito y aumenta de 200 a 400 días de valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) la sanción económica mínima. La diputada Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la Comisión Primera de Justicia, señaló que el cambio busca atender las afectaciones que el robo de ganado genera entre productores rurales.

El decreto también establece sanciones específicas cuando participe un servidor público con atribuciones en materia ganadera: además de las penas correspondientes, podrá ser destituido e inhabilitado para ejercer empleos, cargos o comisiones en el servicio público por un periodo de dos a seis años.

Las modificaciones abarcan los artículos 237, 240, 240 BIS y 242, además de adicionar el artículo 241 BIS. La protección contempla actividades relacionadas con ganado bovino, porcino, ovino y caprino, así como sectores apícola, acuícola y avícola.