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El Congreso del Estado aprueba reformas para sancionar el uso indebido de inteligencia artificial que genere alarma social

La Comisión Primera de Justicia avala cambios al Código Penal que penalizan la manipulación digital con IA sin afectar el ejercicio periodístico, académico o artístico.

La Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal de San Luis Potosí para sancionar el uso indebido de inteligencia artificial cuando se emplee con fines de manipulación, desinformación o afectación a la seguridad pública. El dictamen, que será turnado al Pleno para su votación, incorpora nuevos artículos y un capítulo específico sobre el uso malicioso de herramientas digitales avanzadas.

La diputada Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la Comisión, explicó que la medida responde a los riesgos crecientes asociados con el uso de la inteligencia artificial para manipular imágenes, voces o identidades, como ocurrió recientemente en Zacatecas, donde contenido sexualizado de estudiantes fue creado mediante tecnología de IA. Señaló que el objetivo es contar con un marco jurídico actualizado para sancionar estas conductas sin afectar derechos fundamentales.

Aclaró que la reforma no vulnera la libertad de expresión ni el ejercicio del periodismo, pues se integran excluyentes claras para contenidos generados con fines informativos, académicos, artísticos, de parodia o crítica política, siempre que no exista intención de causar daño o provocar alarma social.

El diputado Héctor Serrano Cortés, promovente de la iniciativa, destacó que la intención es fortalecer la legislación estatal frente a fenómenos que pueden poner en riesgo la integridad de personas o la confianza pública en las instituciones. Subrayó que la libertad de expresión es un derecho inapelable y que esta medida busca equilibrarlo con la protección de la convivencia social.

El dictamen incorpora el artículo 187 Ter, que sanciona el uso no autorizado de imagen, voz o identidad generada mediante inteligencia artificial sin consentimiento informado. Las penas van de uno a tres años de prisión y multas de 100 a 300 UMAs, incrementándose hasta la mitad cuando exista lucro o daño al honor o vida privada.

También se adiciona el artículo 272 Bis, que sanciona la difusión dolosa de desinformación generada mediante IA con el propósito de generar alarma pública. Las penas van de dos a cinco años de prisión, aumentándose cuando se utilicen medios masivos, plataformas digitales o cuentas automatizadas.

Asimismo, el artículo 272 Ter penaliza la manipulación institucional mediante IA, cuando se simulen de manera verosímil declaraciones o actos de autoridades para alterar la confianza pública o poner en riesgo la seguridad del Estado. Este delito contempla sanciones de tres a seis años de prisión y multas de 300 a 600 UMAs, con incrementos durante procesos electorales o situaciones de seguridad.

Las reformas también integran una definición amplia de inteligencia artificial, abarcando sistemas capaces de generar o alterar contenidos digitales con apariencia realista.

El dictamen será presentado ante el Pleno del Congreso para su análisis y votación.